bienes de ninguno - significado y definición. Qué es bienes de ninguno
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Qué (quién) es bienes de ninguno - definición

AUSENCIA COMPLETA DE CUALQUIER COSA; LO CONTRARIO DE TODO
Ninguno
Resultados encontrados: 72149
bienes de ninguno      
Derecho.
Los que nunca han pertenecido a nadie o han sido abandonados por su dueño.
bienes de ninguno      
term. comp.
Derecho. Los que nunca han pertenecido a nadie o han sido abandonados por su dueño.
cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
term. comp.
Derecho. Dejación que los deudores hacen de sus bienes a sus acreedores.
Cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
Cesión de bienes es el «abandono voluntario que el deudor hace de todo los suyos a su acreedor o acreedores, cuando, a consecuencia de accidentes inevitables, no se halla en estado de pagar sus deudas». Artículo 1614 del Código Civil de Chile.
cesión de bienes         
LICENSING AGREEMENT FOR ASSIGNMENT
Cesion de bienes
Derecho.
Dejación que los deudores hacen de sus bienes a sus acreedores.
Bienes de dominio público (España)         
BIENES DE TITULARIDAD PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Bienes de dominio público; Bienes de dominio público en España; Bienes demaniales; Bien demanial; Demanio público; Bienes de dominio público (españa); Bienes de dominio publico (Espana); Bienes de dominio publico (España); Demanio publico; Bienes de dominio publico; Bienes de dominio publico (españa); Bienes de dominio publico en España; Bienes de dominio publico (espana); Bienes de dominio publico en Espana; Bienes de dominio público (Espana); Bienes de dominio público (espana); Bienes de dominio público en Espana; Uso común; Bien de dominio público; Bien de uso común; Bienes deminiales; Demaniales; Dominio público hidráulico
Los bienes de dominio público, en el derecho español (también denominados bienes demaniales o, en conjunto, demanio), son aquellos de titularidad pública, afectados al uso general o al servicio público, y los expresamente declarados por la Constitución (art. 132.
Nada         
La nada se define como ausencia e inexistencia de cualquier objeto.Mario Bunge, Diccionario de filosofía, México, Siglo XXI, 1999, p.
nada         
sust. fem.
1) El no ser, o la carencia absoluta de todo ser.
2) Cosa mínima o de muy escasa entidad.
pron. indet.
1) Ninguna cosa.
2) Poco o muy poco en cualquier línea.
3) negación De ninguna manera.
Ver: de nada
Ver: en nada
ninguno         
Gramática. Esta palabra puede tener función substantiva o adjetiva. En el primer caso se le considera pronombre, en el segundo, adjetivo; en este caso, puede ir antepuesto al nombre (en la forma ningún, ninguna) o pospuesto. Se usa poco en plural.
adj.
1) Ni uno solo.
2) Nulo y sin valor.
pron. indef.
Nadie.
ninguno         
ninguno, -a (del lat. "nec unus", ni uno; pronunc. siempre con acento propio: [ningúna preocupación]; delante de nombre masculino toma la forma "ningún")
1 adj. y pron. indef. Expresa la *falta total de la cosa expresada por el nombre a que se aplica o que representa, o su exclusión total de la acción que se expresa. *Nada. *Nadie. Cero.
2 adj. Equivale a veces a "nada de" y puede, con este significado, emplearse en plural cuando el nombre a que se aplica es de los que pueden emplearse en ese número: "No tengo ninguna[s] gana[s] de ir con él"; también puede, con este significado, ir pospuesto al nombre: "No tiene valor ninguno lo que ha hecho"; y, en este caso, puede ser sustituido por "alguno": "No tiene valor alguno lo que ha hecho".
3 A veces equivale a "ningún otro": "En ninguna fiesta me he divertido como en ésta".
4 Se usa equivaliendo a "un" con significado enfático: "No soy ningún pelagatos. No ha dicho ninguna tontería".
5 Quizás por influencia de otros pronombres que tuvieron originariamente valor afirmativo ("nada, nadie"), "ningún" se emplea a veces con significado afirmativo, equivaliendo a "un": "Lo más desacertado que ningún hombre puede hacer".
V. "sin ninguna [clase de] duda, de ninguna manera, de ningún modo, no ir a [no llevar a o no parar en] ninguna parte".
. Notas de uso
"Ninguno" lleva frecuentemente un complemento partitivo con "de" o "entre", y se construye, como todos los adjetivos-pronombres indefinidos negativos, anteponiendo "no" al verbo cuando éste le precede, pero no cuando le sigue: "No hay ningún asiento vacío. Ninguna de las casas que he visto me ha gustado". Cuando se refiere a personas y lleva un complemento partitivo, puede el verbo ponerse en plural: "Ninguno de los que han venido había [o habían] estado aquí antes".
En la primera acepción se emplea siempre en singular, salvo que se use en respuesta a una expresión en plural, caso en el cual, por lo menos en lenguaje hablado, se emplea a veces el plural: "Dame esas monedas que tienes en la mano. -No tengo en la mano ningunas monedas".

Wikipedia

Nada

La nada se define como ausencia e inexistencia de cualquier objeto.[1][2]​ Según el contexto, existen varios conceptos de nada. La necesidad de este concepto es un escollo para el realismo ingenuo y el empirismo, porque, a ese respecto, en la realidad no existe equivalente. En el sentido común la palabra «nada» se usa para referirse a la ausencia de objetos determinados en un lugar y tiempo concretos.[1]

¿Qué es bienes de ninguno? - significado y definición